El presente informe se ha elaborado en cumplimiento de las resoluciones 9/11 y 10/26 del Consejo de Derechos Humanos, en las que el Consejo pidió a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que [preparase] un informe, para presentarlo al Consejo en su 15º período de sesiones, sobre el empleo de expertos forenses en los casos de violaciones manifiestas de los derechos humanos con el fin de determinar las tendencias y las prácticas óptimas al respecto y que [pidiese] información a los Estados, las organizaciones intergubernamentales y las organizaciones no gubernamentales sobre las mejores prácticas de utilización de la genética forense para identificar a las víctimas de graves violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, con miras a considerar la posibilidad de redactar un manual que [sirviera] de guía para la aplicación de la genética forense, incluidas, según [procediera], la creación y gestión voluntarias de bancos genéticos, con las debidas garantías.